2. El patrón adoptará las medidas necesarias para garantizar que, con carácter previo al inicio de su actividad, los trabajadores a que se refiere el apartado anterior reciban información acerca de los riesgos a los que vayan a estar expuestos, en particular en lo relativo a la pobreza de cualificaciones https://prevencinderiesgos47047.blogminds.com/la-mejor-parte-de-salud-ocupaciona-31517550